PROYECTO DE REFORMA DE LA LEY DE SEGURIDAD VIAL PARA EL CASO DE ATROPELLOS CON ANIMALES.

Os resumo lo mas importante de un árticulo publicado en el Diario Palentino este lunes 24 de febrero y que afecta a la responsabilidad de los titulares de los cotos en caso de atropello de animales en la calzada. El proyecto de reforma de la Ley de Seguridad Vial, a la espera de ser refrendado por el Senado, achaca con caracter general al con
ductor la responsabilidad del atropello.
El proyecto de reforma de la Ley de Seguridad Vial que ha sido presentada por el Consejo de Ministros y esta a la espera de ser refrendado por el Senado, indica que, con caracter general, el conductor será el responsable del atropello, independientemente de que circule cumpliendo religiosamente con la ley. Hasta ahora, en los accidentes de tráfico ocasionados por el atropello de especies cinegéticas, regulado por la disposición adicional novena de la actual Ley de Seguridad Vial, es responsable "el conductor del vehículo cuando se le pueda imputar incumplimiento de las normas de circulación". Pero si el siniestro se produce como consecuencia de la cacería o por la falta de diligencia en la conservación del terreno acotado, el culpable será el dueño del coto de caza y se le pueden exigir daños personales y patrimoniales. además, también se puede resposabilizar al titular de la vía pública si el accidente ocurre por el mal estado de la carretera o por la falta de señalización. Pués bién, a partir de la aprobación de la reforma de la ley, con caracter general, el conductor será el responsable del atropello, independienetemente de que este circule cumpliendo con la ley. Lo único que le salvará es que "el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquel", lo que supondría responsabilidad para el dueño del terreno o el titular del aporvechamiento cinegético. Pero si el atropello sucede en ese tiempo y los cazadores buscaban conejos, perdices, liebres,...especies de caza menor, el culpable también será el automovilista. Será responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente en caso de "no haber reparado la valla de cerramiento en plazo o no disponder de la señalización específiva de animales sueltos en tramos de alta accidentalidad" tal y como dice el texto de la futura ley. Este tema es de suma importancia para los Presidentes y Juntas de Caza de los cotos que sin ser de caza mayor, tenían la duda de si hacer un seguro o no por la duda de que pasaría si en su coto hay un accidente por estas causas. Ante esa incertidumbre hay cotos que están pagando seguros que en vista a este proyecto de reforma ya pueden dormir tranquilos si no realizan un aprovechamiento de especies de caza mayor en su coto aunque no tengan seguro. Como conductores, si tenemos un accidente de este tipo con una especie cinegética exclusivamente si es de caza mayor, ya sabemos que como no sea como consecuencia de una acción de caza mayor y están las señales de peligro animales puestas lo tenemos crudo si queremos que nos paguen los daños en el vehiculo. Las especies cinegéticas de caza menor están libres de este tipo de responsabilidad aunque el accidente sea como sonsecuencia de una acción de caza sobre ellas. Un saludo.